Condiciones generales de contratación para clientes empresariales
1. ámbito de aplicación
1.1 Las presentes condiciones de venta se aplican exclusivamente a empresarios, personas jurídicas de derecho público o patrimonios especiales de derecho público en el sentido del artículo 310, apartado 1, del Código Civil alemán (BGB). Por lo tanto, estas condiciones generales de contratación no se aplican a los pedidos realizados por consumidores en nuestra tienda online. Solo aceptaremos condiciones del comprador que sean contrarias o difieran de nuestras condiciones de venta si aceptamos expresamente su validez por escrito.
1.2 En Alemania y en los países en los que estamos vinculados contractualmente mediante un contrato de distribución, las presentes condiciones de venta complementan dicho contrato de distribución para cada uno de los pedidos del comprador.
1.3 Las presentes condiciones de venta se aplicarán también a todas las transacciones futuras con el comprador, siempre que se trate de actos jurídicos de naturaleza similar.
1.4 Los acuerdos individuales celebrados con el comprador en casos concretos (incluidos los acuerdos complementarios, las adiciones y las modificaciones) prevalecerán en todo caso sobre las presentes condiciones de venta. Salvo que se demuestre lo contrario, el contenido de dichos acuerdos se regirá por un contrato escrito o por nuestra confirmación por escrito.
2. Oferta y celebración del contrato
En caso de que un pedido se considere una oferta con arreglo al artículo 145 del Código Civil alemán (BGB), podremos aceptarla en un plazo de dos semanas. La aceptación se producirá, a más tardar, en el momento de la entrega del pedido.
3. Documentación facilitada
Nos reservamos los derechos de propiedad y de autor sobre todos los documentos facilitados al comprador en relación con la adjudicación del encargo —incluso en formato electrónico—, como, por ejemplo, cálculos, planos, material publicitario, etc. Estos documentos no podrán ponerse a disposición de terceros, salvo que otorguemos al comprador nuestro consentimiento expreso por escrito para ello. En caso de que no aceptemos la oferta del cliente dentro del plazo establecido en el apartado 2, dichos documentos deberán devolverse a nosotros sin demora.
4. Precios y pago
4.1 Salvo que se acuerde lo contrario por escrito, nuestros precios son «ex fábrica», sin incluir el embalaje y más el IVA al tipo vigente en cada caso.
4.2 Tenemos derecho a exigir el pago por adelantado.
4.3 Las facturas y los recordatorios se enviarán por vía electrónica. En la medida en que lo exija la ley, la facturación se realizará mediante factura electrónica en un formato electrónico estructurado, de conformidad con las disposiciones legales vigentes en cada caso. Estamos autorizados a utilizar para ello, en particular, el formato XRechnung u otro formato admisible conforme a la norma EN 16931. Solo se realizará un envío adicional en papel en la medida en que lo permita la ley y se haya acordado expresamente.
4.4 Los gastos de envío corren a cargo del comerciante; a partir de un pedido en Alemania de más de 300,00 EUR (netos), el envío es gratuito.
4.5 Salvo que se acuerde lo contrario, el precio de compra deberá abonarse en un plazo de 30 días a partir de la fecha de emisión de la factura. Los intereses de demora se calcularán a un tipo de 9 puntos porcentuales por encima del tipo de interés básico. Queda reservado el derecho a reclamar una indemnización por daños y perjuicios derivados de la demora de cuantía superior.
4.6 En caso de mora, tendremos derecho a reclamar la indemnización por daños y perjuicios prevista por la ley, incluida la cantidad a tanto alzado establecida en el artículo 288, apartado 5, del Código Civil alemán (BGB). Nos reservamos el derecho a reclamar una indemnización por daños y perjuicios de mayor cuantía.
4.7 Salvo que se haya acordado un precio fijo, nos reservamos el derecho a aplicar modificaciones razonables en los precios debido a cambios en los costes salariales, de materiales y de distribución para las entregas que se realicen tres meses o más después de la celebración del contrato.
5. Derechos de retención
El comprador solo estará facultado para ejercer un derecho de retención en la medida en que su contrademanda se base en la misma relación contractual.
6. plazo de entrega, entregas parciales
6.1 El inicio del plazo de entrega que indicamos está supeditado al cumplimiento puntual y adecuado de las obligaciones del comprador. Nos reservamos el derecho a alegar la falta de cumplimiento del contrato.
6.2 Si el comprador incurre en mora en la aceptación o incumple culposamente otras obligaciones de colaboración, tendremos derecho a exigir una indemnización por los daños y perjuicios que ello nos ocasione, incluidos los posibles gastos adicionales. Quedan reservadas otras reclamaciones. Siempre que se cumplan las condiciones anteriores, el riesgo de pérdida accidental o deterioro accidental del objeto de compra se transferirá al comprador en el momento en que este incurra en mora en la aceptación o en el pago.
6.3 Los retrasos en las entregas y prestaciones debidos a causas de fuerza mayor o a acontecimientos que nos dificulten considerablemente la entrega o la hagan imposible —entre los que se incluyen también las dificultades posteriores en el abastecimiento de materiales, las interrupciones en el funcionamiento, las huelgas, los cierres patronales, la falta de personal, falta de medios de transporte, disposiciones administrativas, etc., incluso si se producen en nuestros proveedores o en sus subcontratistas—, no seremos responsables del incumplimiento de los plazos y fechas acordados de forma vinculante, salvo en caso de negligencia grave. Estos retrasos nos dan derecho a aplazar la entrega por la duración del impedimento, más un plazo de puesta en marcha razonable, o a rescindir el contrato, total o parcialmente, en lo que respecta a la parte aún no cumplida. Esto se aplica también si ya nos encontramos en mora. Si el impedimento se prolonga durante más de tres meses o si no es razonable exigir al comprador que espere más tiempo, este tendrá derecho a rescindir el contrato en lo que respecta a la parte no cumplida, una vez que haya transcurrido sin resultado el plazo adicional que nos haya fijado.
6.4 Quedan intactos los demás derechos y reclamaciones legales del comprador derivados de un retraso en la entrega.
6.5 Se permiten las entregas parciales, siempre que sean razonables para el comprador, corriendo a cargo del vendedor los gastos de envío adicionales que ello suponga.
7. Transferencia del riesgo en caso de envío
Si la mercancía se envía al comprador a petición de este, el riesgo de pérdida o deterioro fortuitos de la mercancía se transfiere al comprador en el momento del envío, a más tardar cuando la mercancía salga de la fábrica o del almacén. Esto se aplica independientemente de si el envío de la mercancía se realiza desde el lugar de cumplimiento o de quién corra con los gastos de transporte.
8. reserva de dominio
8.1 Nos reservamos la propiedad del bien entregado hasta el pago íntegro de todas las cantidades adeudadas en virtud del contrato de suministro. Esto se aplica también a todas las entregas futuras, aunque no lo invoquemos expresamente en cada caso. Tenemos derecho a reclamar la devolución del bien vendido si el comprador incumple el contrato.
8.2 El comprador está obligado a tratar con cuidado el objeto de compra mientras la propiedad no le haya sido transferida. En particular, está obligado a asegurarlo, a su cargo, contra robo, incendio y daños por agua, por un importe suficiente que cubra su valor de reposición. Mientras la propiedad no se haya transferido, el comprador deberá notificarnos inmediatamente por escrito si el objeto entregado es objeto de embargo o de cualquier otra intervención por parte de terceros. En la medida en que el tercero no pueda reembolsarnos los gastos judiciales y extrajudiciales de una demanda de conformidad con el artículo 771 del Código de Procedimiento Civil (ZPO), el comprador responderá por las pérdidas que hayamos sufrido.
8.3 El comprador tiene derecho a revender la mercancía sujeta a reserva de propiedad en el curso normal de sus actividades comerciales. El comprador nos cede desde este mismo momento los créditos frente al adquirente derivados de la reventa de la mercancía sujeta a reserva de propiedad por el importe del importe final de la factura acordado con nosotros (IVA incluido). Esta cesión se aplica independientemente de si la mercancía ha sido revendida sin transformar o tras su transformación. El comprador seguirá estando autorizado a cobrar el crédito incluso después de la cesión. Esto no afecta a nuestra facultad de cobrar nosotros mismos el crédito. No obstante, no cobraremos el crédito mientras el comprador cumpla con sus obligaciones de pago con cargo a los ingresos percibidos, no se encuentre en mora y, en particular, no se haya presentado ninguna solicitud de apertura de un procedimiento de insolvencia ni se haya producido una suspensión de pagos.
8.4 El tratamiento, la transformación o la modificación del bien objeto de la compraventa por parte del comprador se realizará siempre en nuestro nombre y por cuenta nuestra. En este caso, el derecho de propiedad del comprador sobre el bien objeto de la compraventa se mantendrá sobre el bien transformado. Si el bien objeto de la compraventa se transforma junto con otros objetos que no nos pertenecen, adquiriremos la copropiedad del nuevo bien en la proporción que represente el valor objetivo de nuestro bien objeto de la compraventa respecto a los demás objetos transformados en el momento de la transformación. Lo mismo se aplica en caso de mezcla. Si la mezcla se realiza de tal manera que el bien del comprador debe considerarse el bien principal, se entiende acordado que el comprador nos cede la copropiedad de forma proporcional y que custodiará para nosotros la propiedad exclusiva o la copropiedad así resultante. Como garantía de nuestras reclamaciones frente al comprador, este nos cede también aquellas reclamaciones que le correspondan frente a un tercero como consecuencia de la unión de la mercancía sujeta a reserva de propiedad con un bien inmueble; aceptamos dicha cesión desde este mismo momento.
8.5 Nos comprometemos a liberar las garantías que nos corresponden a petición del comprador, en la medida en que su valor supere en más de un 20 % el importe de los créditos que deben garantizarse.
9. Garantía y reclamación por defectos, así como recurso y reclamación al fabricante
9.1 Los derechos de garantía del comprador están supeditados a que este haya cumplido debidamente con sus obligaciones de inspección y reclamación previstas en el artículo 377 del Código Mercantil alemán (HGB).
9.2 Las reclamaciones por defectos prescriben a los 24 meses de la entrega de la mercancía suministrada por nosotros al cliente. En el caso de reclamaciones por daños y perjuicios derivados de dolo o negligencia grave, así como de lesiones mortales, lesiones físicas o daños a la salud que se deban a un incumplimiento intencionado o negligente de las obligaciones por parte del usuario, se aplicará el plazo de prescripción legal.
9.3 Si, a pesar de todo el cuidado puesto, la mercancía entregada presentara un defecto que ya existiera en el momento de la transferencia del riesgo, procederemos, siempre que se haya notificado el defecto dentro del plazo establecido, a reparar la mercancía o a suministrar mercancía de sustitución, a nuestra elección. Se nos deberá conceder siempre la oportunidad de subsanar el defecto (por regla general, dos intentos de reparación) en un plazo razonable. Los derechos de recurso no se ven afectados en modo alguno por la disposición anterior.
9.4 Si la subsanación fracasa, el comprador podrá —sin perjuicio de posibles reclamaciones por daños y perjuicios— rescindir el contrato o reducir el precio.
9.5 No cabrán reclamaciones por defectos en caso de desviaciones insignificantes respecto a las características acordadas, de merma insignificante de la utilidad, de desgaste natural o de daños que se produzcan tras la transferencia del riesgo como consecuencia de un manejo defectuoso o negligente, de un uso excesivo, de medios de explotación inadecuados, obras de construcción defectuosas, un terreno inadecuado o influencias externas especiales no previstas en el contrato. Si el cliente o terceros realizan trabajos de reparación o modificaciones de forma inadecuada, tampoco existirán derechos de reclamación por defectos respecto a dichos trabajos ni a las consecuencias que de ellos se deriven.
9.6 Quedan excluidas las reclamaciones del comprador por los gastos necesarios para el cumplimiento posterior, en particular los gastos de transporte, desplazamiento, mano de obra y material, incluidos los posibles gastos de desmontaje y montaje, en la medida en que dichos gastos se incrementen debido a que la mercancía suministrada por nosotros haya sido trasladada posteriormente a un lugar distinto de la sede del comprador, salvo que dicho traslado se ajuste al uso previsto de la mercancía.
9.7 El comprador solo tendrá derecho de recurso contra nosotros en la medida en que no haya acordado con su cliente nada que vaya más allá de los derechos de reclamación por defectos establecidos por la ley. Además, en lo que respecta al alcance del derecho de recurso del comprador frente al proveedor, se aplicará por analogía lo dispuesto en el apartado 9.6.
9.8 Asistencia ampliada en materia de garantía en caso de prórrogas de reparación
9.8.1 En la medida en que el plazo de garantía del comprador frente a su cliente se prorrogue en doce meses como consecuencia de una reparación realizada en el marco del cumplimiento posterior previsto por la ley, de conformidad con el artículo 475e, apartado 5, del Código Civil alemán (BGB), prestaremos al comprador asistencia para la subsanación de defectos durante la vigencia de dicho plazo de garantía prorrogado, con arreglo a las siguientes disposiciones.
9.8.2 La asistencia incluye, a nuestra elección, el suministro gratuito de piezas de recambio, la realización de la reparación en nuestro centro de servicio o el reembolso de los gastos de reparación razonables que hayamos autorizado previamente. En el marco de esta normativa, no existe derecho a la sustitución por un aparato nuevo.
9.8.3 Para poder acogerse a este derecho, es necesario que el comprador
a) nos informe sin demora, tan pronto como tenga conocimiento de la reclamación presentada por su cliente, por escrito o por correo electrónico, documentando el defecto en cuestión, la fecha de la entrega original al cliente y la primera reparación realizada;
b) demuestre que la ampliación de la garantía se basa en una subsanación exigida por ley, de conformidad con el artículo 475e, apartado 5, del Código Civil alemán (BGB), y que el defecto subyacente ya existía en el momento de la transferencia del riesgo;
c) nos dé la oportunidad de evaluar la situación y elegir la solución adecuada antes de llevar a cabo nuestras propias medidas de reparación.
9.8.4 La disposición prevista en los apartados 9.8.1 a 9.8.3 no afecta a los derechos legales de recurso del comprador previstos en los artículos 445a, 445b y 478 del Código Civil alemán (BGB) y se aplica de forma complementaria a los mismos. El apartado 9.2 sigue siendo aplicable sin modificaciones durante el plazo de garantía original.
9.8.5 En caso de que, en el marco de un contrato de distribución independiente, ofrezcamos al comprador garantías o compromisos de reparación más amplios, estos prevalecerán sobre lo dispuesto en el apartado 9.8.
10. fotos de productos
En la medida en que pongamos a disposición del comprador fotografías de los productos, este tendrá derecho a utilizarlas exclusivamente con fines de reventa. Solo se le conceden derechos de uso simples sobre las mismas. La concesión de los derechos de uso está limitada a la duración de la colaboración entre nosotros y el comprador; en Alemania y en los países en los que estemos vinculados contractualmente con el comprador mediante un contrato de distribución, a la duración de dicho contrato. El comprador no está autorizado a ceder a terceros los derechos de uso simples que se le han cedido ni a conceder derechos de uso sobre los mismos a terceros.
11. Garantía del fabricante; etiquetado armonizado de garantía (etiqueta de garantía de la UE)
11.1 En el caso de los productos para los que ofrecemos una garantía del fabricante voluntaria y gratuita con una duración superior a dos años, pondremos a disposición del comprador las condiciones de garantía vigentes, así como —en su caso— el etiquetado armonizado de garantía («etiqueta de garantía de la UE») en su versión más reciente, incluyendo la información relativa al producto (nombre del fabricante, código del modelo, duración de la garantía) para que las utilice en sus propios canales de distribución.
11.2 En la medida en que el comprador revenda los productos a consumidores, será responsable de incluir el etiquetado exigido por la ley en materia de garantía legal y de garantía del fabricante de forma completa, sin modificaciones y siempre en la versión actual que le hayamos facilitado, y ello únicamente para los productos y los países de destino a los que se aplique efectivamente la garantía correspondiente.
11.3 Si comunicamos al comprador que se ha modificado una garantía o que ha dejado de estar vigente, deberá adaptar o eliminar la descripción sin demora. No está permitido realizar modificaciones por cuenta propia, ya sean de contenido o gráficas, en el etiquetado ni en las condiciones de garantía.
11.4 El comprador es responsable de que la presentación en sus propios canales de distribución se ajuste a la legislación vigente. Nos exime de cualquier reclamación de terceros que se base en que haya presentado las etiquetas o las condiciones de garantía facilitadas de forma incorrecta, incompleta, modificada, para productos o países no incluidos, o que no correspondan a la versión vigente en cada momento. Esto no se aplicará en la medida en que la causa se deba a una información errónea facilitada por nosotros.
11.5 Sonoro seguirá siendo el garante. Esta disposición no da lugar a ninguna obligación de garantía por parte del comprador.
12. Varios
12.1 El presente contrato y todas las relaciones jurídicas entre las partes se regirán por la legislación de la República Federal de Alemania, con exclusión de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías (CISG).
12.2 El lugar de cumplimiento y la jurisdicción exclusiva para cualquier controversia derivada de la relación contractual o relacionada con ella será nuestra sede social, siempre que el comprador sea un comerciante, una persona jurídica de derecho público o un patrimonio especial de derecho público. No obstante, tenemos derecho a demandar al comprador también ante su jurisdicción general.
12.3 El idioma del contrato es el alemán. En caso de que estas condiciones de venta se traduzcan a otro idioma, prevalecerá el texto del contrato en alemán.
12.4 Todos los acuerdos celebrados entre las partes con el fin de ejecutar el presente contrato quedan recogidos por escrito en el mismo.
Fecha de actualización: 09/2026

